El Gobierno declaró de interés público y económico el cupo tarifario concedido por la Unión Europea (UE) a la Argentina, denominado Cuota Hilton, mediante el decreto 906 publicado hoy en el Boletín Oficial.
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09:10 - ECONOMIA - Télam
Declaran de interés público la Cuota Hilton
Mediante un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, las autoridades declararon de carácter obligatorio el cumplimiento de la licencia de exportación para abastecer el cupo tarifario concedido por la Unión Europea a la Argentina.
El Gobierno declaró de interés público y económico el cupo tarifario concedido por la Unión Europea (UE) a la Argentina, denominado Cuota Hilton, mediante el decreto 906 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El decreto lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y de los ministros de Economía, Amado Boudou; de Trabajo, Carlos Tomada; y de Producción, Débora Giorgi.La norma, cuyos aspectos principales fueron anunciados ayer en Casa de Gobierno, incluye el régimen jurídico para la distribución y asignación de dicho cupo de cortes enfriados bovinos sin hueso, de calidad superior, conforme al biotipo establecido por la UE.
Las autoridades declararon de carácter obligatorio el cumplimiento de la licencia de exportación para abastecer el cupo de la cuota Hilton, debiendo el interesado garantizar la regularidad y continuidad de la licencia concedida por el plazo pertinente, y deberá preservar en condiciones la infraestructura necesaria así como constituir una garantía de ejecución.
En la distribución y ejecución del cupo tarifario, deberá armonizarse el desarrollo e impulso de las exportaciones, priorizando el abastecimiento del mercado interno.Por su parte, el Ministerio de Producción con la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) podrá tomar medidas de excepción y/o declarar la emergencia del régimen, para proteger el desarrollo y la continuidad de la industria de una determinada región.
También prevé que si en el futuro existieren restricciones o circunstancias especiales, de carácter sanitario, que afecten en forma significativa a una región nacional, se podrá exceptuar a los interesados en ser adjudicatarios, así como de las medidas previstas en caso de incumplimiento.
La ONCCA será la autoridad de aplicación y tendrá competencia para evaluar y adjudicar la "Cuota Hilton", otorgar el certificado de autenticidad de exportación "Hilton", establecer, interpretar y reglamentar las cuestiones referidas a los criterios de distribución, administración, asignación y control de dicho cupo tarifario.
Por su parte, la Secretaría de Comercio Interior verificará el cumplimiento de las pautas de precios internos acordadas y el efectivo abastecimiento interno.
La Secretaría de Agricultura efectuará los informes dentro de la competencia distribuida, y la asignación y distribución del cupo tarifario de la "Cuota Hilton" será responsabilidad exclusiva de los funcionarios intervinientes en los distintos estadios de su procedimiento.
El régimen se aplicará a los ciclos comerciales comprendidos entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2012.
El decreto también precisa los requisitos y condiciones que deberán satisfacer los interesados y los criterios de evaluación que serán tenidos en cuenta, entre los que figuran el precio promedio de exportación que surja de los antecedentes de estas prácticas, así como el grado de cumplimiento de la cuota asignada.
JORGE OMAR QUIROGARED SOCIAL:
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E mail: jorgeomar.quiroga@gmail.com
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